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En una carta oficial, la presidenta del Congreso de la República, Shirley Rivera, ha confirmado los requisitos esenciales para la toma de posesión de los 160 diputados que asumirán sus funciones en la X Legislatura durante el período 2024-2028. Un punto crucial destacado en la carta es la necesidad de presentar la Constancia Transitoria de Inexistencia de Reclamación de Cargos, comúnmente conocida como “finiquito”.

Requisitos Clave

Según el comunicado, esta constancia debe ser emitida durante el ejercicio fiscal 2024. La toma de posesión está programada para el próximo 14 de enero, y cada diputado deberá presentar el Documento Personal de Identificación (DPI) junto con la Credencial extendida por el Tribunal Supremo Electoral, ambas en original y copia.

Convocatoria y Designación de Delegados

Adicionalmente, la presidenta del Congreso hace un llamado a los diputados electos para sostener una reunión previa a la toma de posesión. En esta reunión, se insta a designar a un delegado que los representará en la sesión preparatoria programada para el miércoles 10 de enero a las 14:00 horas. La ubicación de esta importante reunión será el Salón Mayor de Protocolo, situado en Casa Larrazábal del Congreso de la República.

Procedimientos Iniciales

Conforme a la normativa interna del Congreso, durante los primeros diez días de enero de un nuevo período legislativo, se convoca a un diputado electo de cada partido político entrante, así como al presidente y dos secretarios de la Junta Directiva del período que concluye. Estos líderes serán convocados para instalar sesiones o juntas preparatorias.

Dicha instancia tendrá la responsabilidad de dictar las “medidas administrativas” necesarias para que los electos tomen posesión de sus cargos, siguiendo las pautas establecidas por la Constitución.

La Importancia del “Finiquito”

La Constancia Transitoria de Inexistencia de Reclamación de Cargos, conocida como “finiquito”, emerge como un documento crucial para la inscripción de candidatos a cargos de elección popular, según lo establece el artículo 214 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos. Esta normativa vigente especifica que la presentación de dicho documento es indispensable únicamente para aquellos que hayan manejado o administrado fondos públicos, con una fecha de emisión no excedente de seis meses.

Antecedentes y Desafíos Previos

En el año 2019, el contralor general emitió un acuerdo que exigía a los diputados presentar un finiquito con una vigencia no mayor a seis meses. Esta medida colocó en apuros a los diputados Carlos Mencos, Diego González y Lucrecia Hernández Mack, quienes buscaron amparo ante la Corte de Constitucionalidad (CC). En respuesta, la CC instó a la Comisión Especial de Calificación y Credenciales y al pleno de diputados a no descalificar a los amparistas, reconociendo la validez de la Constancia Transitoria de Inexistencia de Reclamaciones de Cargos extendida en 2019.

Conclusión

La toma de posesión de diputados es un proceso meticuloso que requiere el cumplimiento estricto de requisitos legales. La presentación oportuna de la Constancia Transitoria de Inexistencia de Reclamación de Cargos es esencial para garantizar la validez de la candidatura, especialmente para aquellos que han manejado fondos públicos. En este contexto, la convocatoria y designación de delegados añaden un nivel adicional de organización y representación en el proceso legislativo.

Fuente: La Hora

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