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El presidente de la República, Alejandro Giammattei, ha tomado una decisión trascendental a días de concluir su mandato. Mediante el acuerdo gubernativo 311-2023, se ha anunciado la prórroga de contratos de trabajadores del Estado que culminan el 31 de diciembre, una medida que entrará en vigencia el 1 de enero del próximo año.

Objetivo del Acuerdo: Garantizando la Continuidad de los Servicios en 2024

El acuerdo tiene como objetivo facultar a las Autoridades Nominadoras de las Instituciones regidas por la Ley de Servicio Civil para prorrogar los contratos de trabajo del personal que ocupa puestos del Plan de Clasificación de Puestos, con cargo al renglón de gasto 022 Personal por contrato. Esta disposición se aplicará para el ejercicio fiscal 2024.

Enfatizando en la necesidad de mantener la continuidad de los servicios, el acuerdo establece que la prórroga procederá únicamente en casos estrictamente necesarios y siempre que prevalezcan las mismas condiciones que dieron origen a la suscripción del contrato. Además, se enfatiza que las Autoridades Nominadoras no estarán obligadas a mantener los vínculos laborales durante todo el año.

Casos Necesarios y Condiciones para la Prórroga

El acuerdo, emitido el 15 de diciembre y publicado en el Diario Oficial el 22 de diciembre, especifica que la prórroga solo se dará en situaciones donde sea estrictamente necesario que los servicios continúen brindándose en el año 2024. Se requiere que las condiciones originales del contrato se mantengan sin modificaciones en cuanto al puesto, especialidad o unidad administrativa.

No obstante, se establece que las Autoridades Nominadoras no tienen la obligación de mantener los vínculos laborales durante todo el año. Los contratos podrán finalizarse en cualquier momento, ya sea por causas estipuladas en los mismos contratos o por modificaciones en la estructura interna y faltas en el servicio.

Limitaciones y Prohibiciones en la Prórroga de Contratos

El artículo 4 del acuerdo establece algunas prohibiciones, entre las cuales se destaca la imposibilidad de incrementar la remuneración originalmente estipulada en los contratos prorrogados. También se prohíbe incluir cláusulas que limiten a la Autoridad Nominadora el derecho de prescindir de los servicios en el momento que la administración lo estime conveniente.

Adicionalmente, queda prohibida la prórroga de contratos suscritos para el ejercicio fiscal 2024 en los cuales no se hayan cumplido las estipulaciones previstas en las leyes y reglamentos aplicables, así como por el incumplimiento de las cláusulas establecidas en los mismos contratos de trabajo.

Explicación de los Cambios de Renglón y Evaluación Institucional

El artículo 3 del acuerdo detalla que durante el ejercicio fiscal 2024, y bajo la responsabilidad de la Autoridad Nominadora de cada Institución, se continuará con el proceso de supresión-creación de puestos del Plan de Clasificación de Puestos del renglón de gasto 022 Personal por contrato al renglón de gasto 011 Personal permanente.

Las Instituciones que aún no han cumplido con esta disposición deben evaluar las tareas asignadas a los puestos con cargo al renglón de gasto 022 Personal por contrato. Si estas tareas se consideran de carácter permanente, deben realizar los trámites para crear los puestos con cargo al renglón de gasto 011 Personal permanente.

Aspectos Importantes a Considerar

Es crucial destacar que la “supresión-creación” de puestos del renglón de gasto 022 al renglón de gasto 011 se aplica únicamente a puestos ocupados por servidores públicos cuyas tareas hayan sido consideradas de carácter permanente y se les haya contratado por más de un ejercicio fiscal completo. Los puestos objeto de este proceso serán asignados en el renglón de gasto 011 Personal permanente, manteniendo su misma categoría, especialidad, ubicación nominal y condiciones salariales.

Esta disposición también abarca los puestos vacantes debidamente financiados, excluyendo aquellos asignados a obras y construcciones de tipo temporal con una duración limitada en el tiempo.

Para llevar a cabo este proceso, se establece que las Autoridades Nominadoras deben seguir el procedimiento emitido por la Oficina Nacional de Servicio Civil durante el ejercicio fiscal 2024. Es imperativo que las Autoridades Nominadoras realicen las gestiones presupuestarias necesarias para cumplir con estas disposiciones.

Conclusión

El acuerdo gubernativo 311-2023 refleja una medida estratégica para garantizar la continuidad de los servicios del Estado en Guatemala. Con enfoque en la evaluación institucional y la adecuación de puestos, se busca optimizar la eficiencia y adaptabilidad del personal contratado por el Estado. Es fundamental que las instituciones se adhieran a estas disposiciones para mantener una gestión eficaz y acorde con las necesidades del país.

Fuente. La Hora

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