Corte IDH emite sentencia histórica a favor de PIACI
Los tagaeri y taromenane forman parte del pueblo Waorani, pero, a diferencia de sus parientes, en la década de los años 60 decidieron vivir aislados cuando los otros grupos de waorani entraron en contacto forzado con los misioneros evangélicos. Foto: Amazon Frontlines
Corte IDH emitió primera sentencia sobre indígenas en aislamiento declarando responsabilidad del Estado ecuatoriano en la vulneración de derechos de los pueblos Tagaeri y Taromenane, y ordenando que inicie un proceso de reparación integral.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró la responsabilidad internacional de Ecuador por la violación a diversos derechos de los pueblos en aislamiento voluntario Tagaeri y Taromenane.
Decisión fue adoptada tras confirmarse la existencia de numerosos pozos petroleros alrededor del territorio intangible habitado por estos indígenas y por la indebida acción del Estado en hechos de violencia que los afectan desde 2003.
El tribunal concluyó que es necesario establecer una comisión técnica para evaluar la zona de intangibilidad e investigar desde el Estado los hechos violentos para juzgar y sancionar a los responsables.
Además, dispuso al Estado hacer respetar la decisión de una consulta popular que en 2023 determinó mantener bajo tierra el petróleo en el Bloque 43 del Yasuní, una de las zonas más biodiversas del planeta, y hogar de los indígenas mencionados.
Esta sentencia de la Corte IDH es considerada histórica por ser la primera vez que el tribunal internacional se pronuncia sobre el alcance de los derechos de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario.
De tal modo, se sienta un precedente importante para demandas similares contra otros países de la cuenca amazónica, como es el caso de los mashco piro que a fines de 2024 elevaron su caso contra el Estado peruano ante la Corte IDH.
¿Qué derechos vulneró Ecuador?
Por un lado, la Corte IDH señala que Ecuador vulneró los derechos a la propiedad colectiva, a la libre determinación, a una vida digna, a la salud, a la alimentación, a la identidad cultural, y a un ambiente sano.
Así como a la vivienda, a la vida, a las garantías judiciales y a la protección judicial en perjuicio de los Pueblos Tagaeri y Taromenane y otros pueblos indígenas en aislamiento voluntario “PIAV” habitantes de la Amazonía occidental ecuatoriana.
Esto debido a que, si bien el Gobierno ecuatoriano creó la zona Intangible Tagaeri Taromenane (ZITT) para evitar actividades extractivas, se identificó pozos petroleros alrededor de la ZITT que ponen en riesgo a estos pueblos.
Por otro lado, los magistrados declararon la responsabilidad estatal por la violación a los derechos a la integridad personal, la libertad personal, la honra, dignidad, protección de familia, de la niñez.
Así como a la identidad, circulación y residencia, identidad cultural, salud y a las garantías judiciales en perjuicio de dos niñas integrante de estos pueblos.
Esto luego de analizar tres hechos violentos reportados en 2003, 2006 y 2013 que conllevaron ataques a los pueblos aislados “por parte de miembros de otros pueblos indígenas o terceros”.
Los Tagaeri y Taromenane habitan en situación de aislamiento sin tener contacto con otras poblaciones. Su modo de vida en un entorno natural sin contacto voluntario se ha visto alterado por las actividades extractivistas en esa zona. Foto: Segundo Espín
En el último ataque de 2013, dos niñas, hermanas entre sí de 6 y 2 años, fueron retiradas de la zona por atacantes y entregadas a otra familia de un pueblo waorani en contacto inicial y separadas de su familia.
Sobre esto, la Corte IDH consideró que, frene a los hechos de 2013, si bien no fueron cometidos por agentes estatales, el Estado conocía de la situación de riesgo inmediata, pero las medidas que tomaron no fueron suficientes.
Según el tribunal, el Estado tenía el deber de tomar medidas para garantizar sus derechos, desde una perspectiva interseccional, tomando en cuenta su condición de niñas en contacto reciente.
Respecto a los derechos a las garantías judiciales y protección judicial, el Estado reconoció su responsabilidad sobre la falta de investigación de los hechos de 2003 y 2006, así como por la renuncia a la potestad punitiva del Estado respecto de los primeros.
Reacciones positivas a la sentencia
La sentencia de la Corte IDH ha sido saludada por la mayor organización indígena del país, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), así como organizaciones ambientales y ecologistas.
“¡Momento histórico para los pueblos indígenas en aislamiento! La Corte IDH emite su sentencia (…), una decisión clave para la defensa de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario en el Yasuní y la región”, indicó la Conaie.
A su turno el colectivo Yasunidos, promotor del plebiscito donde el 58,85% de los ecuatorianos votaron en 2023 por cesar la actividad petrolera en el Parque Nacional Yasuní, insistió en que la sentencia refuerza su lucha
“Esta es una victoria fundamental para los pueblos indígenas en aislamiento y una razón más para exigir el cumplimiento de la consulta por el Yasuní. Solo podemos vivir en democracia si se respetan los derechos de todas y todos”, señaló el colectivo.
La Fundación Pachamama, por su parte, agregó que la sentencia “fortalecerá la defensa de las comunidades en aislamiento y refuerza su rol como guardines de la biodiversidad en la lucha contra el cambio climático”.